Seguro de accidentes
Seguro de accidentes
El seguro de accidentes paga un capital si un accidente te causa la muerte o una invalidez permanente y, según la póliza, también una cantidad por cada día de baja, los gastos médicos o la hospitalización. Es independiente de lo que te reconozca la Seguridad Social y tú eliges el capital que quieres asegurar.
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Seguros Generales actúa como colaborador externo de Proyectos y Seguros, Correduría de Seguros S.A. (clave DGSFP J0067). Los precios los calculan las aseguradoras con los datos que introduces y el precio final se confirma al contratar. La comparación y el asesoramiento no tienen coste para ti. Cómo comparamos
Qué cubre
Para quién es y qué cubre el seguro de accidentes
Puedes calcular el precio entre varias aseguradoras con tu profesión, tu edad y el capital que necesitas. Si eres autónomo, practicas un deporte de riesgo o tu empresa tiene que cumplir un convenio colectivo, un asesor revisa contigo las coberturas antes de contratar.
Para la Ley de Contrato de Seguro, accidente es la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intención del asegurado y que produce invalidez temporal o permanente o la muerte (artículo 100). Por eso este seguro no cubre las enfermedades: para eso existen el seguro de vida y el seguro de salud.
Le interesa a quien trabaja por cuenta propia y depende de su capacidad física, a quien tiene un trabajo con riesgo, a quien hace deporte o viaja mucho, a las familias que quieren un capital extra por accidente y a las empresas cuyo convenio colectivo les obliga a asegurar a su plantilla.
Fallecimiento por accidente: el capital pactado, para los beneficiarios que designes.
Invalidez permanente por accidente: un capital, total o parcial según el grado de invalidez y los baremos de la póliza (artículo 104 de la Ley de Contrato de Seguro).
Según la póliza: indemnización diaria por incapacidad temporal, hospitalización y gastos de asistencia sanitaria. Estos últimos solo se cubren si la póliza los recoge de forma expresa, y sus condiciones no pueden excluir la asistencia urgente necesaria (artículo 103).

Modalidades
Modalidades y coberturas
La diferencia principal está en cuándo te protege: a todas horas o solo mientras trabajas. La tabla resume lo habitual en cada modalidad; los capitales, los grados de invalidez y las exclusiones exactas están en el condicionado de cada póliza.
Accidentes 24 horas
Te cubre en el trabajo y en la vida privada: en casa, de viaje, conduciendo o haciendo deporte, con las exclusiones de la póliza. Es la modalidad más completa para un particular.
No cubre: Las enfermedades y los accidentes que provoques a propósito: en ese caso la aseguradora queda liberada de pagar (artículo 102 de la Ley de Contrato de Seguro).
Accidentes laborales
Solo cubre los accidentes que sufras mientras trabajas y, según la póliza, en el trayecto de ida y vuelta. Es más barata que la de 24 horas y la suelen contratar empresas para sus trabajadores o profesionales que ya tienen protegida su vida privada.
No cubre: Lo que te pase fuera de la jornada laboral.
Seguro de accidentes de convenio
Algunos convenios colectivos obligan a la empresa a contratar un seguro de accidentes para su plantilla con unos capitales concretos. Es un seguro colectivo: el tomador es la empresa y los asegurados, los trabajadores. Hay que revisar que la póliza recoja exactamente lo que exige el convenio.
Invalidez por accidente
La invalidez permanente total suele dar derecho al capital completo y la parcial, a un porcentaje según una tabla de la póliza. El grado se fija con el certificado médico de incapacidad; si no aceptas la propuesta de la aseguradora, lo deciden peritos médicos (artículo 104 de la Ley de Contrato de Seguro).
Fallecimiento por accidente
El capital lo cobran los beneficiarios que designes. Si un beneficiario causa a propósito el accidente, pierde su designación (artículo 102). Muchas pólizas permiten pactar un capital mayor si el fallecimiento se produce en un accidente de tráfico.
Autónomos
Si trabajas por tu cuenta, un accidente puede dejarte sin ingresos. Interesa combinar invalidez permanente con una indemnización diaria por baja y declarar con precisión tu actividad, porque la profesión es lo que más pesa en el precio.
Deportistas
Si practicas un deporte con riesgo o compites, comprueba que la póliza no lo excluye. Muchas aseguradoras lo cubren pagando más o con productos específicos para deportistas.
| Cobertura | Accidentes 24 horas | Accidentes laborales | De convenio colectivo |
|---|---|---|---|
| Fallecimiento por accidente | Incluida | Incluida | Incluida |
| Invalidez permanente por accidente | Incluida | Incluida | Incluida |
| Accidentes fuera del trabajo | Incluida | No | Según el convenio |
| Accidentes de tráfico | Habitual | Habitual, si ocurren trabajando o en el trayecto | Según el convenio |
| Incapacidad temporal (indemnización diaria) | Opcional | Opcional | Según el convenio |
| Gastos de asistencia sanitaria | Opcional | Opcional | Opcional |
| Hospitalización por accidente | Opcional | Opcional | Opcional |
| Exclusiones frecuentes | Enfermedades, accidentes provocados a propósito, deportes de riesgo no declarados, conducción bajo alcohol o drogas | Accidentes fuera de la jornada y del trayecto, además de las de la columna anterior | Las que fije la póliza contratada para cumplir el convenio |
Precio
Qué influye en el precio
Cada aseguradora calcula la prima con sus propios criterios, así que no damos precios genéricos. Lo que más influye es:
La profesión
Es el factor principal: un trabajo de oficina tiene menos riesgo que uno en altura, con maquinaria o conduciendo.
Los capitales
Cuánto aseguras por fallecimiento, por invalidez y, si la añades, por cada día de baja.
La modalidad
Una póliza de 24 horas cuesta más que una solo laboral, porque cubre más horas del día.
Los deportes y aficiones
Practicar deportes de riesgo o de competición puede subir la prima o requerir una cobertura específica.
Las garantías opcionales
Asistencia sanitaria, hospitalización o un capital mayor por accidente de tráfico encarecen la póliza.
Antes de empezar
Qué necesitas para pedir presupuesto
Para calcular el precio o pedir un estudio, ten a mano:
Paso 1
Fecha de nacimiento y profesión exacta de cada persona que quieras asegurar, con las tareas que hace.
Paso 2
El capital que quieres para fallecimiento y para invalidez permanente.
Paso 3
Si quieres cobertura las 24 horas o solo laboral, y si necesitas indemnización diaria por baja.
Paso 4
Los deportes que practicas, con qué frecuencia y si compites.
Paso 5
Si es para una empresa, el texto del convenio colectivo con los capitales que exige y la lista de trabajadores.
Paso 6
Si ya tienes otro seguro de accidentes: hay que comunicarlo a la nueva aseguradora (artículo 101 de la Ley de Contrato de Seguro).

Consejos
Cómo elegir tu seguro de accidentes
Los precios del comparador los calculan en tiempo real las aseguradoras que trabajan con la correduría Proyectos y Seguros, de la que somos colaborador externo. En cada resultado verás qué compañía ofrece el precio y con qué capitales y coberturas. Si necesitas un seguro de convenio o una cobertura especial, un asesor puede pedir presupuesto a otras entidades por ti.
Decide si lo necesitas a todas horas
Si ya tienes un seguro de accidentes por tu trabajo, quizá solo te falte cubrir la vida privada. Si no tienes ninguno, la modalidad de 24 horas es la más completa.
Calcula el capital por lo que dejarías de ganar
Piensa en cuántos años de ingresos necesitaríais tú o tu familia si no pudieras volver a trabajar.
Revisa la tabla de invalidez
Mira qué porcentaje del capital paga cada lesión y si la invalidez se valora para cualquier trabajo o para tu profesión.
Declara profesión y deportes tal como son
Si la aseguradora te pregunta y no lo declaras bien, puede reducir la indemnización o, si hubo dolo o culpa grave, no pagarla (artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro).
No lo confundas con un seguro de vida
El seguro de accidentes solo paga si la causa es un accidente. Para proteger a tu familia también frente a una enfermedad, necesitas un seguro de vida.
Glosario
Conceptos clave
Muerte por accidente
Fallecimiento causado por una lesión violenta, súbita y externa, ajena a la voluntad del asegurado, por el que la póliza paga el capital pactado.
Incapacidad permanente
Pérdida definitiva, total o parcial, de la capacidad física o funcional del asegurado, que se indemniza según los baremos de la póliza.
Incapacidad temporal
Periodo en que no puedes trabajar mientras te recuperas, por el que algunas pólizas pagan una cantidad diaria.
Hospitalización
Ingreso en un hospital por el que algunas pólizas de accidentes pagan una cantidad por cada día.
Convenio colectivo (seguro de)
Seguro que una empresa contrata para su plantilla porque lo exige el convenio colectivo aplicable, con los capitales que este fija.
Seguro colectivo
Póliza que asegura a un grupo de personas unidas por un vínculo previo, como los trabajadores de una empresa, con un único tomador.
Beneficiario
Persona que cobra el capital del seguro si el asegurado fallece; la designa el tomador.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre el seguro de accidentes
¿Qué cubre un seguro de accidentes?
Paga un capital si un accidente te causa la muerte o una invalidez permanente y, según la póliza, también una cantidad diaria mientras estás de baja, los gastos médicos o la hospitalización. La Ley de Contrato de Seguro entiende por accidente la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a tu intención (artículo 100). Las enfermedades no son accidentes y este seguro no las cubre.
¿Cubre accidentes laborales?
Depende de la modalidad. Un seguro de accidentes de 24 horas te cubre trabajando y fuera del trabajo: en casa, de vacaciones o haciendo deporte, salvo las exclusiones de la póliza. Uno laboral solo cubre los accidentes que sufras mientras trabajas y, según la póliza, en el trayecto de ida y vuelta. En los dos casos tienes que declarar bien tu profesión, porque influye en la prima y en la cobertura.
¿Es compatible con la Seguridad Social?
Sí. Es un seguro privado que se suma a la protección de la Seguridad Social: la aseguradora paga el capital pactado en la póliza con independencia de las prestaciones públicas que te reconozcan. También puedes tener varios seguros de accidentes a la vez; solo tienes que comunicarlo, y la aseguradora no puede descontar nada de la suma asegurada por ese motivo (artículo 101 de la Ley de Contrato de Seguro).
¿Cubre deportes de riesgo?
Muchas pólizas excluyen o limitan los deportes de riesgo y las competiciones, y cada aseguradora tiene su propia lista. Si practicas alguno, declara cuál y con qué frecuencia antes de contratar: a menudo se puede incluir pagando más o con un producto para deportistas. Si la aseguradora te lo preguntó y no lo declaraste, puede reducir la indemnización o, si hubo dolo o culpa grave, no pagarla (artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro).
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Fuentes
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