Qué es el seguro de convenio colectivo
También se busca como: seguro de accidentes de convenio.
El seguro de convenio es el seguro, normalmente de accidentes, que una empresa contrata para sus trabajadores porque se lo exige el convenio colectivo que le es aplicable. Muchos convenios obligan a pagar una indemnización al trabajador o a sus beneficiarios si sufre un accidente que le cause la muerte o una incapacidad permanente, y la empresa traslada ese compromiso a una aseguradora mediante una póliza colectiva. Los convenios colectivos obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos en su ámbito durante todo su tiempo de vigencia (artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores). Por eso, si la empresa no contrata el seguro o lo contrata con capitales inferiores, lo habitual es que tenga que responder ella misma de la indemnización que fija el convenio.
Un ejemplo
Una empresa de transporte aplica un convenio provincial que fija indemnizaciones para los trabajadores en caso de muerte o incapacidad permanente por accidente de trabajo. La empresa contrata una póliza colectiva de accidentes con esas mismas garantías y capitales. Cuando uno de sus conductores sufre un accidente con secuelas que la Seguridad Social califica como incapacidad permanente total, la aseguradora paga el capital previsto en el convenio.
Matices según el seguro
Revisar cada convenio nuevo
Las garantías y los capitales los marca el convenio, no la aseguradora. Si se firma un convenio nuevo o se actualizan las cuantías, hay que adaptar la póliza para que coincida con el texto vigente.
Qué accidentes cubre
Unos convenios solo exigen cubrir accidentes de trabajo y otros cualquier accidente, también fuera del trabajo. La ley define el accidente como la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intención del asegurado (artículo 100 de la Ley de Contrato de Seguro), pero la póliza debe recoger exactamente lo que diga el convenio.
Seguro colectivo
Cubre a un grupo de personas delimitado por una característica común ajena al propósito de asegurarse, aquí la relación laboral con la empresa (artículo 81 de la Ley de Contrato de Seguro). Ver seguro colectivo.
Términos relacionados
- Seguro colectivo
- Incapacidad permanente
- Fallecimiento
- Responsabilidad civil patronal
- Beneficiario
- Capital asegurado
Seguros donde aparece
Fuentes
- Real Decreto Legislativo 2/2015, texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE)
- Ley 50/1980, de Contrato de Seguro (BOE)
Publicado el . Última revisión el .
Ver todos los términos del glosario. ¿Tienes dudas con tu póliza? Llámanos al 917 567 108.