Seguro de responsabilidad civil profesional
Seguro de responsabilidad civil profesional
El seguro de responsabilidad civil profesional cubre las reclamaciones de tus clientes o de terceros por los perjuicios que les cause un error, una omisión o una negligencia en tu trabajo, e incluye normalmente la defensa jurídica frente a esa reclamación.
Actualizado el

Calcula el precio de tu seguro de responsabilidad civil profesional
Responde a unas preguntas sobre ti y lo que quieres asegurar y verás al momento los precios de varias aseguradoras.
También puedes llamarnos al 917 567 108.
Antes de abrir el comparador
El comparador lo presta la correduría Proyectos y Seguros. Para funcionar guarda datos en tu navegador (cookies y almacenamiento local) y usa una huella técnica del navegador. Solo lo cargamos si lo aceptas. Más información en la política de cookies.
No cargaremos el comparador. Puedes llamarnos al 917 567 108 .
Seguros Generales actúa como colaborador externo de Proyectos y Seguros, Correduría de Seguros S.A. (clave DGSFP J0067). Los precios los calculan las aseguradoras con los datos que introduces y el precio final se confirma al contratar. La comparación y el asesoramiento no tienen coste para ti. Cómo comparamos
Qué cubre
Para quién es y qué cubre el seguro de responsabilidad civil profesional
Puedes calcular el precio entre varias aseguradoras con tu profesión y el capital que necesitas. Si tu colegio exige condiciones concretas o tu actividad es poco habitual, un asesor revisa contigo la póliza antes de contratar.
Algunas profesiones están obligadas por su normativa. Por ejemplo, los profesionales sanitarios que ejercen en la sanidad privada deben tener un seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera (artículo 46 de la Ley 44/2003), los auditores de cuentas deben prestar una garantía financiera que puede ser un seguro (artículo 27 de la Ley 22/2015) y los corredores de seguros deben contratar un seguro de responsabilidad civil profesional (artículo 157 del Real Decreto-ley 3/2020). En otras profesiones lo exigen el colegio, la normativa autonómica o los clientes.
Le interesa a arquitectos, ingenieros, abogados, asesores fiscales y laborales, sanitarios, consultores, diseñadores, informáticos y a cualquier autónomo o empresa cuyo trabajo pueda causar un perjuicio económico a un cliente. Si lo que te preocupa son los daños que causa tu actividad o tu local, mira también el seguro para pymes.
Indemnizaciones a clientes o terceros por los perjuicios causados por errores, omisiones o negligencias en tu actividad profesional, hasta el capital asegurado.
Defensa jurídica frente a la reclamación y, según la póliza, fianzas civiles y penales.
Según la póliza: responsabilidad civil de explotación del despacho o la consulta, pérdida de documentos de clientes, protección de datos y responsabilidad civil patronal.

Modalidades
Modalidades y coberturas
La póliza se adapta a cada profesión, porque no se equivoca igual un arquitecto que un abogado o un sanitario. La tabla resume lo que suele incluir cada grupo; el capital, la retroactividad y las exclusiones están en el condicionado de cada póliza.
Qué cubre
Paga a tu cliente o a un tercero el perjuicio que le cause un error profesional del que seas responsable, por ejemplo un fallo de cálculo, un plazo judicial perdido o una declaración de impuestos mal presentada, y los gastos de defenderte.
No cubre: No cubre los actos intencionados, las multas que te impongan ni la devolución de tus honorarios.
Profesiones con RC obligatoria
Algunas profesiones tienen el seguro o una garantía equivalente impuesto por su normativa, como los sanitarios del ámbito privado, los auditores de cuentas o los corredores de seguros. En otras lo exige el colegio para ejercer o lo piden los clientes en sus contratos.
Arquitectos e ingenieros
Sus errores pueden afectar a obras durante años, así que pesan mucho la retroactividad y el periodo para reclamaciones tras dejar la póliza. Declara todas las actividades, como proyecto, dirección de obra o coordinación de seguridad.
Abogados y asesores
Los riesgos típicos son plazos perdidos, recursos no presentados o asesoramiento fiscal o laboral equivocado. Revisa si la póliza cubre la pérdida de documentos de clientes y la protección de datos.
Sanitarios
Los profesionales sanitarios, como médicos, odontólogos, fisioterapeutas o enfermeros, que ejercen en el ámbito privado deben tener un seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera; las condiciones esenciales las fijan las comunidades autónomas. Muchos colegios ofrecen pólizas colectivas.
Autónomos y freelance
Consultores, programadores, diseñadores, formadores o gestores pueden contratarla sin estar colegiados. Lo importante es describir bien la actividad, porque la póliza solo cubre lo declarado.
Límites y retroactividad
Mira el capital por siniestro y por año, la franquicia y si los gastos de defensa se suman al capital o lo consumen. Y comprueba qué trabajos anteriores cubre la póliza y qué pasa con las reclamaciones que lleguen después de darla de baja.
| Cobertura | Arquitectos e ingenieros | Abogados y asesores | Sanitarios | Autónomos y freelance |
|---|---|---|---|---|
| Responsabilidad civil profesional | Incluida | Incluida | Incluida | Incluida |
| Defensa jurídica | Incluida | Incluida | Incluida | Incluida |
| Fianzas | Habitual | Habitual | Habitual | Habitual |
| RC de explotación del despacho o consulta | Habitual | Habitual | Habitual | Habitual |
| Pérdida de documentos | Habitual | Habitual | Opcional | Opcional |
| Protección de datos | Opcional | Habitual | Habitual | Opcional |
| RC patronal | Opcional | Opcional | Opcional | Opcional |
| Exclusiones frecuentes | Trabajos fuera de la titulación o no declarados, retrasos en plazos pactados | Multas y sanciones, honorarios propios, garantías de resultado | Actos fuera de la especialidad declarada o sin la titulación exigida | Actividades no declaradas, daños por ciberataques |
Precio
Qué influye en el precio
Cada aseguradora calcula la prima con sus propios criterios, así que no damos precios genéricos. Lo que más influye es:
La profesión y la actividad
No tiene el mismo riesgo un diseñador gráfico que un arquitecto que dirige obras o un cirujano.
El capital asegurado
A más capital por siniestro y por año, más prima.
La facturación
Muchas aseguradoras calculan la prima sobre los ingresos anuales de la actividad.
La retroactividad
Cubrir trabajos de más años atrás encarece la póliza.
El historial y la franquicia
Las reclamaciones previas suben el precio; aceptar una franquicia lo baja.
Antes de empezar
Qué necesitas para pedir presupuesto
Para calcular el precio o pedir un estudio, ten a mano:
Paso 1
Profesión, titulación y, si la tienes, colegiación.
Paso 2
Descripción de las actividades que haces y facturación anual aproximada.
Paso 3
El capital mínimo que te exigen tu colegio, tu normativa o tus clientes, si lo hay.
Paso 4
Tu póliza actual, si la tienes, con su fecha de vencimiento y su retroactividad.
Paso 5
Las reclamaciones que hayas recibido o las circunstancias que conozcas que puedan acabar en una reclamación.

Consejos
Cómo elegir tu seguro de responsabilidad civil profesional
Los precios del comparador los calculan en tiempo real las aseguradoras que trabajan con la correduría Proyectos y Seguros, de la que somos colaborador externo. En cada resultado verás qué compañía ofrece el precio y con qué coberturas. Si tu profesión necesita condiciones especiales o un capital alto, un asesor puede pedir presupuesto a otras entidades por ti.
Cumple lo que te exigen
Si tu colegio, tu normativa o tus clientes fijan un capital o unas condiciones mínimas, la póliza debe cumplirlas.
Declara todas tus actividades
La póliza solo cubre lo que describes. Un trabajo que no figura puede quedar sin cobertura.
Mira el tiempo hacia atrás y hacia delante
Comprueba la retroactividad y el plazo para reclamaciones tras dar de baja la póliza, sobre todo al cambiar de aseguradora o al jubilarte.
Revisa la defensa
Mira si puedes elegir abogado y si los gastos de defensa reducen el capital disponible para indemnizar.
Comunica a tiempo
Avisa a la aseguradora en cuanto conozcas un error o una queja que pueda acabar en reclamación.
Glosario
Conceptos clave
Retroactividad
Periodo anterior al alta de la póliza durante el que deben haberse cometido los errores para que la reclamación esté cubierta.
Franquicia profesional
Parte de cada reclamación que paga el propio profesional antes de que pague la aseguradora.
Responsabilidad civil
Obligación de indemnizar el perjuicio que causas a otra persona, en este caso por un error en tu trabajo.
Límite de indemnización
Cantidad máxima que paga la aseguradora por siniestro o por año, que conviene ajustar al riesgo de tu actividad.
Capital asegurado
Importe por el que se contrata la póliza y que sirve de tope a la indemnización.
Exclusión
Situación que la póliza deja expresamente fuera de la cobertura, como los actos intencionados o las multas.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre el seguro de responsabilidad civil profesional
¿Qué profesiones están obligadas a tener RC profesional?
No hay una lista única. Algunas profesiones están obligadas por su normativa, como los sanitarios que ejercen en la sanidad privada (artículo 46 de la Ley 44/2003), los auditores de cuentas, que deben prestar una garantía financiera que puede ser un seguro (artículo 27 de la Ley 22/2015), o los corredores de seguros (artículo 157 del Real Decreto-ley 3/2020). En otras lo exigen el colegio, la normativa autonómica o los contratos. Lo detallamos en esta guía.
¿Qué capital de RC profesional necesito?
Depende de tu actividad, del tamaño de los trabajos y del daño que podría causar un error. Si tu colegio o tu normativa fijan un mínimo, ese es el punto de partida; si trabajas con empresas o administraciones, revisa el capital que piden en sus contratos. Fíjate también en el límite por siniestro y por año, en la franquicia y en si el capital incluye o no los gastos de defensa.
¿Qué es la retroactividad?
La retroactividad es el periodo anterior al alta de la póliza durante el que pueden haberse cometido los errores para quedar cubiertos. Si la póliza solo cubre las reclamaciones presentadas mientras está en vigor, la ley exige que alcance, al menos, los hechos ocurridos en el año anterior a su inicio (artículo 73 de la Ley de Contrato de Seguro). Se puede pactar una retroactividad mayor, que suele encarecer la prima.
¿Cubre reclamaciones por trabajos anteriores?
Depende de cómo delimite la póliza el tiempo. Si cubre las reclamaciones presentadas durante su vigencia, alcanza los trabajos anteriores que entren en la retroactividad pactada, que no puede ser inferior a un año. Si cubre los hechos ocurridos durante su vigencia, la ley exige un plazo de al menos un año tras su fin para reclamar (artículo 73 de la Ley de Contrato de Seguro). Revísalo al cambiar de aseguradora o al jubilarte.
¿Incluye defensa jurídica?
Sí, normalmente. Salvo pacto en contrario, la aseguradora asume la dirección jurídica frente a la reclamación y paga los gastos de defensa (artículo 74 de la Ley de Contrato de Seguro). Si hay conflicto de intereses, puedes elegir tu propio abogado y la aseguradora paga hasta el límite pactado en la póliza. Revisa si los gastos de defensa se suman al capital asegurado o lo consumen, y si incluye fianzas.
¿Puedo contratarla si soy autónomo sin colegiar?
Sí. En la mayoría de actividades no hace falta estar colegiado para contratar una RC profesional: basta con describir bien lo que haces, porque la póliza solo cubre las actividades declaradas. Si tu profesión exige colegiación o una titulación para ejercer, la aseguradora puede pedirla. Consultores, informáticos, diseñadores, formadores o gestores la contratan a menudo como autónomos sin colegio.
¿Listo para comparar?
Calcula el precio con tus datos en un par de minutos o habla con un asesor. Lunes a viernes de 09:00 a 21:00. Sábados de 10:00 a 14:00.
Guías sobre el seguro de responsabilidad civil profesional
- RC profesional: profesiones con seguro obligatorio y capitales habituales
- Retroactividad en la RC profesional: por qué importa la fecha
Seguros relacionados
Fuentes
- Ley 50/1980, de Contrato de Seguro (BOE)
- Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias (BOE)
- Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas (BOE)
- Real Decreto-ley 3/2020, distribución de seguros (BOE)
Publicado el . Última revisión el .