Qué es el FIVA, el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados
También se busca como: fichero de vehículos asegurados.
El Fichero Informativo de Vehículos Asegurados, o FIVA, es el fichero público que recoge qué vehículos tienen en vigor el seguro obligatorio y con qué aseguradora. Las aseguradoras deben comunicar los datos de los vehículos que aseguran mediante su remisión al Consorcio de Compensación de Seguros, que los trata de forma automatizada en este fichero, y su información se presume veraz salvo prueba en contrario (artículo 23 del Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor). Tiene dos finalidades: controlar que se cumple la obligación de asegurar los vehículos y permitir que quienes se ven implicados en un accidente averigüen cuanto antes qué aseguradora cubre a cada vehículo (artículo 2.2 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor).
Un ejemplo
Un coche golpea el de Miguel en un aparcamiento y su conductor se marcha tras dejar una nota con la matrícula, pero sin los datos del seguro. Miguel pide al Consorcio que le informe de la aseguradora de ese vehículo, aportando copia del parte de daños y las matrículas de los dos coches. Con la respuesta, puede dirigir su reclamación a la aseguradora correcta.
Matices según el seguro
Controles de tráfico
Los agentes comprueban la vigencia del seguro consultando el FIVA. Si no es posible, sirve el justificante de pago de la prima del periodo en curso, siempre que identifique a la aseguradora, el vehículo, el periodo de cobertura y la cobertura del seguro obligatorio (artículo 14 del Reglamento).
Actualización diaria
Las aseguradoras remiten a diario las altas y bajas de vehículos asegurados, con las fechas de vigencia (artículo 24 del Reglamento). Si acabas de contratar y el vehículo aún no aparece, lleva contigo la documentación del seguro.
Quién puede consultarlo
Pueden pedir información los perjudicados por un accidente de circulación, por daños en su persona o en sus bienes, directamente o mediante representante, aportando los datos del siniestro y de los vehículos (artículo 27 del Reglamento).
Términos relacionados
- Seguro obligatorio de automóviles (SOA)
- Consorcio de Compensación de Seguros
- Declaración amistosa de accidente
- Terceros
- Reclamación de daños
Seguros donde aparece
Fuentes
- Real Decreto 1507/2008, Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor (BOE)
- Real Decreto Legislativo 8/2004, Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (BOE)
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