Qué es el seguro obligatorio de automóviles (SOA)
También se busca como: SOA, seguro obligatorio del coche.
El seguro obligatorio de automóviles, o SOA, es el seguro de responsabilidad civil que debe tener todo vehículo a motor con estacionamiento habitual en España para cubrir los daños que cause a personas y bienes en hechos de la circulación. Lo regula la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, cuyo texto refundido aprobó el Real Decreto Legislativo 8/2004. El propietario debe suscribirlo y mantenerlo en vigor por cada vehículo (artículo 2), y cubre hasta 70 millones de euros por siniestro en daños a las personas y 15 millones en daños en los bienes (artículo 4). El conductor responde de los daños a las personas por el riesgo creado al circular, y solo queda exonerado si prueba la culpa exclusiva del perjudicado o una fuerza mayor ajena a la conducción o al vehículo (artículo 1).
Un ejemplo
Rosa compra un tractor de segunda mano para su finca y, antes de sacarlo a la carretera, contrata el seguro obligatorio. Semanas después, al maniobrar en un cruce, golpea un turismo aparcado y el seguro paga su reparación. Si no lo hubiera contratado, el Consorcio de Compensación de Seguros habría indemnizado al dueño del turismo y después podría haber reclamado lo pagado a Rosa como propietaria (artículo 11).
Matices según el seguro
Lo que no cubre
No cubre las lesiones o el fallecimiento del conductor causante ni los daños en el propio vehículo, en las cosas transportadas o en los bienes del tomador, asegurado, propietario o conductor y sus familiares cercanos (artículo 5). Para eso hay coberturas voluntarias.
Protección de las víctimas
Frente al perjudicado, la aseguradora no puede oponer otras exclusiones distintas de las legales ni la existencia de franquicias (artículo 6). Tras pagar, puede repetir contra el conductor en casos como la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas (artículo 10).
Reclamación de la víctima
El perjudicado tiene acción directa contra la aseguradora, que prescribe en un año, y antes de demandar debe reclamarle la indemnización. La aseguradora tiene tres meses para presentar una oferta motivada o una respuesta motivada (artículo 7).
Circular sin seguro
No tenerlo supone la prohibición de circular, el depósito o precinto del vehículo y una multa de 601 a 3.005 euros (artículo 3). Los agentes comprueban la vigencia consultando el FIVA (artículo 14 del Reglamento del seguro obligatorio).
Términos relacionados
- Responsabilidad civil obligatoria
- Terceros
- Consorcio de Compensación de Seguros
- Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA)
- Baremo de tráfico
- Responsabilidad civil
Seguros donde aparece
Fuentes
- Real Decreto Legislativo 8/2004, Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (BOE)
- Real Decreto 1507/2008, Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor (BOE)
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