Qué es el robo en un seguro y en qué se diferencia del hurto y del atraco
También se busca como: robo con fuerza.
En los seguros se llama robo a la sustracción de bienes empleando fuerza en las cosas para entrar o salir del lugar donde están, o violencia o intimidación sobre las personas. Coincide con el Código Penal, que considera robo apoderarse con ánimo de lucro de cosas muebles ajenas con esa fuerza, violencia o intimidación (artículo 237), y enumera como fuerza en las cosas el escalamiento, la rotura de pared, techo o suelo, la fractura de puerta, ventana, armarios u objetos cerrados, el uso de llaves falsas y la inutilización de alarmas (artículo 238). Las pólizas suelen distinguir tres figuras: el robo con fuerza; el hurto, que es la sustracción sin fuerza ni violencia (artículo 234); y el atraco o expoliación, que es la sustracción con violencia o intimidación a las personas (artículo 242).
Un ejemplo
Mientras Rafael está de vacaciones, fuerzan la cerradura de su casa y se llevan el televisor y un ordenador. Al volver, presenta la denuncia, avisa a su aseguradora y envía la relación de lo sustraído con las facturas que conserva. La póliza le paga los objetos robados y también la reparación de la puerta forzada, porque el seguro de robo cubre el daño causado al cometer el delito.
Matices según el seguro
Qué paga la aseguradora
El seguro de robo indemniza el valor de lo sustraído si no aparece en el plazo señalado en el contrato y los daños que la comisión del delito cause en lo asegurado (artículos 50 y 51 de la Ley de Contrato de Seguro).
Exclusiones legales
Salvo pacto en contrario, no se cubre el robo debido a negligencia grave del asegurado, del tomador o de quienes conviven con ellos, el ocurrido fuera del lugar descrito en la póliza o durante un transporte no consentido, ni el producido con ocasión de riesgos extraordinarios (artículo 52).
Si aparece lo robado
Si se recupera antes del plazo pactado, debes recibirlo. Si aparece después de cobrar, puedes quedarte la indemnización y ceder el objeto a la aseguradora o recuperarlo devolviendo lo cobrado (artículo 53).
Coche
El robo del vehículo lo cubre la garantía de robo de modalidades como el terceros ampliado o el todo riesgo. Los objetos personales que dejes dentro suelen tener un límite o estar excluidos, según la póliza.
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Fuentes
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