Qué es la autorización previa en un seguro de salud
También se busca como: autorización de pruebas.
La autorización previa es el visto bueno que la aseguradora de salud debe dar antes de que se realicen determinadas pruebas, tratamientos o intervenciones para que queden cubiertos. Suele pedirse para ingresos hospitalarios, cirugías, pruebas diagnósticas complejas como resonancias o TAC, y tratamientos como la rehabilitación. La solicita el asegurado o el propio centro con la prescripción del médico, y la aseguradora comprueba que la prestación está incluida, que no hay una carencia pendiente y que no se aplica ninguna exclusión. La ley deja que la asistencia del seguro de enfermedad se preste dentro de los límites y condiciones de la póliza (artículo 105 de la Ley de Contrato de Seguro), y la lista de actos que requieren autorización está en las condiciones del contrato.
Un ejemplo
El traumatólogo del cuadro médico pide una resonancia de rodilla para Óscar. Antes de ir al centro de diagnóstico, Óscar envía la prescripción por la aplicación de su aseguradora y recibe un número de autorización. Con él, el centro le hace la prueba cobrándole solo el copago previsto. Si hubiera ido sin autorización, el centro podría haberle pedido que pagase la prueba completa.
Matices según el seguro
Urgencias
Lo habitual es que las urgencias no necesiten autorización previa, pero conviene comunicar el ingreso a la aseguradora cuanto antes, en el plazo que marque la póliza.
Pólizas de reembolso
También en el reembolso de gastos puede exigirse autorización para intervenciones y hospitalizaciones. Sin ella, según la póliza, el reembolso puede reducirse o denegarse.
Si te la deniegan
Pide el motivo por escrito. Si no estás de acuerdo, reclama primero al servicio de atención al cliente de la aseguradora: es imprescindible para poder acudir después al servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (artículo 7 de la Orden ECC/2502/2012).
Términos relacionados
Seguros donde aparece
Fuentes
- Ley 50/1980, de Contrato de Seguro (BOE)
- Orden ECC/2502/2012, procedimiento de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones (BOE)
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